Inspección Técnica de Edificios

La ITE o Inspección Técnica de Edificios es la revisión que se realiza a los pisos. Se trata de una acción obligatoria para todos aquellos edificios que son plurifamiliares, y es responsabilidad de cada comunidad de vecinos. Hay 45 años para solicitar el certificado en base a los plazos máximos que están establecidos. En Grupo Acebo, somos conscientes de la necesidad de superar una inspección técnica con el fin de garantizar unos requisitos mínimos, sobre todo cuando se trata de la seguridad de un edificio.

¿Cómo se hace una Inspección Técnica de Edificios?

El primer paso para realizar una ITE, es de la mano de la comunidad de vecinos, que debe solicitar un presupuesto a un técnico especializado. Este será el encargado de realizar esta inspección tan importante para el edificio. A partir de ahí, se planifica una visita para que vea el edificio y comience con el procedimiento.

El técnico, lo que hará durante esta visita, será una valoración visual del inmueble. El resultado es el que importa, ya que el edificio tendrá una calificación, con un resultado que puede ser variable en función del estado del edificio. Este puede ser sin deficiencias, o con deficiencias leves, importantes, graves o muy graves. Si nos encontramos con un resultado sin deficiencias o con deficiencias leves, entonces no hay nada de qué preocuparse, ya que la prueba está superada.

En el caso del resto de opciones, que ya implican deficiencias más graves, será necesario realizar, junto al técnico, un plan para rehabilitar el edificio y corregir los daños.

Una vez hecho todo esto, llega el momento de hacer el certificado de aptitud, para el que el técnico introduce los datos en una plataforma y firma la inspección, que debe ser entregada a la comunidad para que pueda hacer la solicitud del certificado a la administración correspondiente. La vigencia del mismo puede variar en función de la calificación que haya logrado el inmueble.

La Inspección Técnica de Edificios es muy importante, y es necesario saber si estás a tiempo de realizarla. Si, por ejemplo, tu edificio ha sido creado en el año 2000, entonces el plazo máximo para hacerla será en 2045.

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